lunes, 21 de septiembre de 2026

JEP 22SEPTIEMBRE

 

Sí. La JEP (Jurisdicción Especial para la Paz) es una de las instituciones centrales del Acuerdo de Paz de 2016 entre el Estado colombiano y las FARC-EP. A continuación le presento un análisis jurídico, institucional, financiero y de resultados, diferenciando lo que está establecido legalmente de las valoraciones sobre su desempeño.



1. ¿Qué es exactamente la JEP?

La JEP es el componente de justicia del Sistema Integral para la Paz creado a partir del Acuerdo Final de 2016.

Su competencia es investigar, esclarecer, juzgar y sancionar los crímenes más graves y representativos relacionados con el conflicto armado colombiano, cometidos antes del 1 de diciembre de 2016. Es una jurisdicción transicional, autónoma y temporal.

No es simplemente un tribunal para exmiembros de las FARC. Su competencia incluye:

  • Exintegrantes de las FARC-EP.
  • Miembros de la Fuerza Pública.
  • Agentes del Estado no integrantes de la Fuerza Pública.
  • Terceros civiles que se sometan voluntariamente cuando la ley lo permite.
  • Otros comparecientes que tengan relación con los hechos de competencia de la JEP.

Su finalidad jurídica combina verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, con un fuerte componente restaurativo.


2. ¿Quién creó u "ordenó" la JEP?

Aquí es importante hacer una precisión: no fue creada por una sola persona ni simplemente "ordenada" por Juan Manuel Santos.

El proceso tuvo varias etapas:

A. Acuerdo de Paz de 2016

El Gobierno de Juan Manuel Santos y las FARC-EP negociaron el Acuerdo Final firmado el 24 de noviembre de 2016.

Dentro del punto 5 del Acuerdo se estableció el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, dentro del cual estaría la JEP.

B. Reforma constitucional

Posteriormente, el Congreso de la República, mediante el Acto Legislativo 01 de 2017, incorporó constitucionalmente la JEP.

Ese Acto Legislativo estableció su estructura, competencia, funcionamiento y duración.

C. Ley Estatutaria

Posteriormente se expidió la Ley 1957 de 2019, Ley Estatutaria de la Administración de Justicia en la JEP.

Por tanto, la cadena institucional fue:

Gobierno Santos + FARC → Acuerdo Final de 2016 → Congreso de Colombia → reforma constitucional → leyes de implementación → JEP.

No sería jurídicamente correcto decir que "Santos creó por decreto la JEP".


3. ¿Para qué se creó?

La JEP tiene cinco grandes objetivos:

  1. Investigar los principales crímenes del conflicto.
  2. Establecer verdad judicial sobre lo ocurrido.
  3. Determinar responsabilidades individuales.
  4. Sancionar a los responsables.
  5. Contribuir a la reparación de las víctimas y la no repetición.

Una característica fundamental es que la JEP diferencia entre quienes reconocen verdad y responsabilidad y quienes no lo hacen.

Por ejemplo:

Situación

Consecuencia

Reconocimiento temprano de verdad y responsabilidad

Sanción propia, esencialmente restaurativa

Reconocimiento tardío

Sanción alternativa

No reconocimiento y declaración de responsabilidad

Sanción ordinaria

No responsabilidad demostrada

No debe existir sanción

Las sanciones ordinarias pueden implicar 15 a 20 años de prisión para quienes sean declarados responsables en un proceso adversarial sin reconocimiento de responsabilidad.


4. ¿Quiénes conforman la JEP?

La estructura es bastante grande. No está constituida solamente por los magistrados.

Principales órganos

1. Tribunal para la Paz

Es el órgano judicial central y está dividido en diferentes secciones.

2. Salas de Justicia

Entre ellas:

  • Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas.
  • Sala de Amnistía o Indulto.
  • Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

3. Unidad de Investigación y Acusación – UIA

Cumple funciones similares a una fiscalía dentro de la jurisdicción cuando existen casos que deben tramitarse por la vía adversarial.

4. Secretaría Ejecutiva

Administra y soporta buena parte de la operación institucional.

5. Secretaría Judicial

6. Grupo de Análisis de la Información – GRAI

7. Relatoría

8. Órgano de Gobierno

9. Presidencia.

La propia JEP describe oficialmente esta estructura.

¿Cuántos magistrados?

La estructura original contempló:

  • 20 magistrados del Tribunal para la Paz
  • 18 magistrados de las Salas

Es decir, 38 magistrados titulares en salas y secciones.

Pero el aparato institucional es muchísimo mayor que esos 38 magistrados.

En diciembre de 2025 la JEP tenía 1.401 cargos provistos, frente a 1.346 en diciembre de 2024. El promedio de cargos provistos durante 2025 fue aproximadamente 1.390.


5. ¿Cuánto dinero se ha invertido en la JEP?

Aquí hay que distinguir entre presupuesto asignado y dinero efectivamente ejecutado.

La cifra oficial consolidada que encontré en la Contaduría General de la Nación muestra los gastos de la JEP entre 2018 y 2024:

Año

Gastos JEP

2018

$109.700 millones

2019

$262.500 millones

2020

$308.400 millones

2021

$328.900 millones

2022

$381.400 millones

2023

$509.500 millones

2024

$674.400 millones

Total 2018-2024

$2,5748 billones

Estas son cifras contables de gasto, no simplemente apropiaciones presupuestales.

Por tanto, hasta diciembre de 2024 la JEP había registrado aproximadamente $2,57 billones de gasto.

A eso hay que agregar 2025 y 2026 para obtener una cifra acumulada completa.


6. ¿Cuánto dinero recibió la JEP en 2025?

Para 2025 inicialmente se asignaron:

$737.232 millones.

Distribuidos así:

  • Funcionamiento: $547.711 millones
  • Inversión: $189.521 millones

Posteriormente hubo modificaciones presupuestales.

La apropiación llegó a aproximadamente $768.211 millones después de las modificaciones de finales de 2025.

Por tanto, 2025 fue un año cercano a tres cuartos de billón de pesos para la JEP.


7. ¿Y cuánto tiene asignado en 2026?

La Resolución 001 de 2026 desagregó para funcionamiento:

$555.137,6 millones.

De ese monto:

Gastos de personal

$404.477,2 millones.

Dentro de ellos:

  • Salarios: $193.234,5 millones
  • Sueldo básico: $144.762,4 millones
  • Gastos de representación: $4.684,2 millones
  • Prima de servicios: $6.362,5 millones
  • Bonificaciones y otras remuneraciones.
  • Seguridad social, cesantías, etc.

Esto permite observar algo importante: la mayor parte del gasto de funcionamiento está relacionada con personal.


8. ¿Cuánto se ha gastado en salarios?

Aquí hay que tener mucho cuidado con la palabra "salarios".

Para 2025, la apropiación presupuestal específica para el rubro SALARIO fue:

$180.388 millones

Pero el concepto completo de gastos de personal era:

$385.207 millones

La diferencia incluye prestaciones, seguridad social, primas, bonificaciones, vacaciones, etc.

En 2026 la situación es:

Gastos de personal

$404.477 millones

Salarios

$193.235 millones

aproximadamente.

Por eso no sería correcto decir que "$404.000 millones son salarios": esa cifra corresponde a todo el gasto de personal.


9. ¿Cuánto se gasta en viáticos?

Aquí existe información oficial bastante precisa.

En el segundo trimestre de 2025, la JEP gastó:

$1.887 millones en viáticos y gastos de viaje

frente a:

$1.854 millones

en el mismo trimestre de 2024.

El incremento fue de aproximadamente 1,78 %.

Además, el informe de austeridad de la JEP señala un incremento importante en determinados gastos de tiquetes aéreos durante 2025 y recomienda fortalecer la planificación y priorización de los desplazamientos.

Importante: esa cifra de $1.887 millones corresponde solamente a abril-junio de 2025; no debe presentarse como el total anual.


10. ¿La JEP ha cumplido sus obligaciones?

Esta es probablemente la parte más importante de su pregunta.

La respuesta técnicamente correcta es:

Ha cumplido algunas obligaciones de manera verificable, pero su misión todavía no está terminada.

No existe una base objetiva para afirmar simplemente "cumplió" o "fracasó", porque la JEP tiene múltiples obligaciones y varias de ellas todavía están en ejecución.

Resultados verificables

A enero de 2026 la JEP reportaba:

  • 13 macrocasos
  • 13.552 víctimas individuales acreditadas
  • 423 sujetos colectivos acreditados
  • 150 máximos responsables que habían reconocido responsabilidad y verdad plena.

Además, durante 2025 ocurrieron hechos judiciales importantes:

  • Se emitieron las primeras sentencias dialógicas con sanciones restaurativas.
  • Se establecieron proyectos relacionados con búsqueda de desaparecidos, acción contra minas, infraestructura comunitaria y memoria.
  • También se produjo la primera sentencia adversarial con sanción ordinaria privativa de la libertad.

Esto significa que la JEP ya pasó de una fase predominantemente investigativa a una fase en la que comienzan a materializarse sentencias y sanciones.


11. Pero hay un punto crítico: los tiempos

La JEP fue diseñada como una institución temporal.

La Ley 1957 establece:

Primera fase

10 años

para las funciones principales de investigación y acusación.

Segunda fase

5 años adicionales

para concluir la actividad jurisdiccional.

Posible extensión

La ley contempla una extensión adicional de 5 años.

Por ello, el máximo teórico es:

20 años.

Esto es muy importante para evaluar la institución: la JEP no fue diseñada para funcionar indefinidamente.


12. ¿Cuánto tiempo lleva funcionando?

Aunque el Acuerdo de Paz fue firmado en 2016, la JEP comenzó su funcionamiento institucional posteriormente.

El Acto Legislativo 01 de 2017 estableció que el plazo se cuenta desde la entrada efectiva en funcionamiento de la totalidad de las salas y secciones, no simplemente desde la firma del Acuerdo.

Por eso, para evaluar sus resultados hay que evitar la comparación simplista:

"Acuerdo de Paz 2016 → resultados en 2026."

El diseño jurídico estableció plazos propios para la jurisdicción.


13. Un dato financiero muy importante

La evolución del gasto es bastante significativa:

2018 → $109,7 mil millones

2024 → $674,4 mil millones

Es decir, el gasto anual registrado por la JEP se multiplicó aproximadamente por 6,1 veces entre esos años.

La Contaduría General muestra además que el gasto de la JEP representó la mayor parte de los gastos del Sistema Integral para la Paz durante varios de esos años.

Esto no significa por sí mismo que exista despilfarro: una institución judicial que amplía su planta, investigaciones, presencia territorial y volumen de expedientes necesariamente puede incrementar sus costos. Pero sí constituye un elemento relevante para evaluar eficiencia y costo-beneficio institucional.


14. ¿Cuál es mi lectura desde una perspectiva de inteligencia institucional?

Si lo analizamos como sistema de justicia transicional, y no desde una posición política, aparecen cinco variables que deberían estudiarse:

Variable

Situación

Investigación de crímenes

Avance significativo

Acreditación de víctimas

Avance considerable

Reconocimiento de verdad

Avance verificable

Sentencias y sanciones

Comienzan a materializarse, especialmente desde 2025

Cumplimiento material de las sanciones

Todavía en fase de implementación y seguimiento

Cierre de todos los procesos

Pendiente

Costo institucional

Elevado y creciente

Temporalidad

Existe un límite legal

La cuestión central ya no es únicamente "¿la JEP investiga?".

La pregunta estratégica para 2026 es:

¿El volumen y calidad de verdad, decisiones judiciales, sanciones, reparación y garantías de no repetición que está produciendo la JEP justifican el costo institucional acumulado y el tiempo requerido para completar su mandato?

Esa pregunta requiere cruzar resultados judiciales + número de víctimas atendidas + responsables investigados + sentencias + cumplimiento efectivo de sanciones + presupuesto ejecutado + costo por resultado.


15. Una precisión sobre el costo acumulado

Con las cifras oficiales que encontré podemos establecer con seguridad:

2018-2024: aproximadamente $2,575 billones ejecutados por la JEP.

Si añadimos 2025 y 2026, el acumulado supera claramente los $3 billones, pero para darle una cifra exacta a septiembre de 2026 hay que sumar las ejecuciones presupuestales oficiales año por año, no simplemente sumar las apropiaciones.

Si usted quiere, puedo hacer el siguiente análisis mucho más completo:

"AUDITORÍA OSINT DE LA JEP 2017-2026", con una tabla año por año:

  • presupuesto asignado;
  • presupuesto ejecutado;
  • gastos de personal;
  • salarios;
  • viáticos;
  • contratos;
  • número de funcionarios;
  • número de magistrados;
  • macrocasos;
  • imputaciones;
  • máximos responsables;
  • reconocimientos de verdad;
  • sentencias;
  • sanciones;
  • víctimas acreditadas;
  • personas sometidas;
  • costo por víctima;
  • costo por compareciente;
  • costo por sentencia;
  • avances y retrasos;
  • DOFA de la JEP;
  • y finalmente una evaluación de eficiencia institucional basada en cifras, sin entrar en posiciones políticas.

 

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